Servicio Andaluz de Salud. Consejeria de Igualdad, Salud y Politicas Sociales. Hospital Universitario Reina Sofia
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Docencia - Docencia especializada - Estancias formativas

1. Estancias formativas de especialistas en formación

El Real  Decreto 183/2008,  de 8 de febrero, por el que se desarrollan  determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, en su artículo 21 regula las rotaciones externas, su autorización y evaluación. En este artículo se consideran rotaciones externas los períodos formativos, autorizados por el órgano competente de la correspondiente comunidad autónoma, que se lleven a cabo en centros o dispositivos no previstos en el programa de formación ni en la acreditación otorgada al centro o unidad docente.

En nuestra Comunidad Autónoma el órgano competente es la Dirección General de Investigación y Gestión del Conocimiento de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, al que se remite la documentación y el que autoriza o deniega dichas rotaciones, siguiendo la [Inicia la descarga del ficheroInstrucción Nº 2/2013 (pdf 123 kb) de esta Dirección donde se establecen los criterior relativos a la autorización de rotaciones externas de los Especialistas en Formación en el Sistema Sanitario Público de Andalacuía.

Procedimiento de Solicitud:

  1.  Las solicitudes de autorización de rotaciones externas se tramitarán en formato electrónico, a través de la utilidad establecida al efecto en PORTALEIR [Abre un enlace externo en una nueva ventanahttp://www.portaleir.es].
  2. Una vez cumplimentada y en todos sus extremos la solicitud se imprimirá y deberá ser suscrita y fechada, en los apartados al efecto, por la o el especialista en formación y su totur/a. 
  3. Deberá ser entregada en la Comisión de Docencia del centro en el que el residente presta sus servicios para su conformidad por parte  de ésta, al menos 5 meses antes del inicio de la rotación, para poder tramitarla correctamente. (80 días antes  del inicio de la rotación PORTALEIR no permite registrar ni modificar la solicitud). Una vez vista por la Comisión de Docencia, en algunos casos se requerirá que se adjunte un Inicia la descarga del ficheroInforme Complementario (pdf 12,6 Kb) a la solicitud, en el caso de las rotaciones al extranjero se aportará de forma sistemática.
  4. Con posterioridad, la Dirección-Gerencia del centro en el que el/la residente realiza su especialidad habrá de prestar a su vez la conformidad, incluyendo el compromiso expreso de continuar abonando al residente la totalidad de sus retribuciones, incluída atención continuada.
  5. La Comisión de Docencia del centro en el que el/la residente presta su servicio acreditará la conformidad expresa de la Comisión de Docencia de destino. En el caso de que la rotación solicitada sea en el extranjero, el propio residente debe  aportar dicha conformidad, con un documento de aceptación emitido por la Dirección del Centro asistencial o, en su caso, por la Dirección Docente del mismo sin que resulte suficiente a estos efectos un correo electrónico o documento informal de adeptación, también deberá aportar alguna documentación que acredite la excelencia del centro.
  6. Una vez realizados los pasos referidos y obtenidas las conformidades mencionadas, la Comisión de Docencia correspondiente remitirá toda la documentación pertinente a la Consejería de Salud  al menos tres meses antes del inicio de la rotación prevista, para que esta Dirección General de  Investigación y Gestión del Conocimiento, pueda resolver adecuadamente sobre la misma.

Requisitos para la autorización:

  1.  Que resulten propuestas por el tutor o tutora a la Comisión de Docencia con especificación de los objetivos que se pretenden, que deben referirse a la ampliación de conocimientos o al aprendizaje de técnicas o procedimientos no practicados en el centro o  unidad y que, según el programa formativo de la especialidad, sean necesarias o complementarias del mismo, además  dicho rotatorio debe estar incluido en el Plan Individual de Formación del año formativo del residente (el contenido, no el lugar).
  2. Que su realización se lleve a cabo en centros nacionales (la Consejería dará prioridad a aquellas rotaciones solicitadas en centros Andaluces) acreditados para la docencia de especialistas en formación por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, o en centros extranjeros de reconocido prestigio. 
  3. Que en las especialidades cuya duración sea de cuatro o más años no se superen los cuatro meses dentro de cada periodo de evaluación anual, ni en el conjunto del periodo formativo de la especialidad de que se trate:
    1. 12 meses para especialidades de duración igual o superior a 4 años
    2. 4 meses para especialidades de duración igual a 2 años
  4. Presentar la solicitud con suficiente antelación para su correcto trámite (según la Instrucción Nº 2/2013 la solicitudes se presentarán cumplimentadas en su totalidad ante la Dirección General de Investigación y Gestión del Conocimiento con una antelación mínima de TRES meses a la fecha de inicio). Deberá ser entregada en la Comisión de Docencia del centro en el que el residente presta sus servicios para su conformidad por parte  de ésta al menos CINCO meses antes del inicio de la rotación.
  5. No se podrán autorizar periodos de rotaciones externas que se correspondan con el mes anterior (30 días antes) a la fecha de la evaluación final de los especialistas en formación.

Las Jefaturas de Estudios manifestarán su conformidad y tramitarán únicamente aquellas solicitudes de autorización de rotaciones externas que cumplan todos y cada uno de los requisitos previstos en el apartado anterior.
                     
No tendrá consideración de rotación externa la asistencia del especialista en formación a  cursos, másteres, congresos, seminarios o reuniones científicas, o estancias formativas curriculares, que en nuestro Hospital se tramita a través de  la Unidad Integrada de Formación.

Evaluación de la Estancia Formativa

El centro donde se haya realizado la rotación externa emitirá el correspondiente informe de evaluación siguiendo los mismo parámetros que en la rotaciones internas previstas en el programa formativo (Inicia la descarga del ficheroInforme de evaluación de rotación (pdf 1,3 Mb)), siendo responsabilidad de la o del residente el traslado de dicho informe a la secretaría de la Comisión de Docencia de origen para su evaluación en tiempo y forma. Cuando la rotación se realiza en el extranjero dicho informe podrá presentarse en otro formato distinto, acompañado del Informe de evaluación de rotación emitido por el tutor del residente de nuestro hospital. 

El/la residente, una vez finalizada la rotación externa, realizará, con carácter preceptivo, una memoria completa que se archivará en su expediente (Inicia la descarga del ficheroANEXO VII (ODT 13,6 kb) y una ficha resumen del desarrollo de la rotación (Inicia la descarga del ficheroANEXO VIII (ODT 13 kb) dirigida a la Comisión de Docencia para asesoría e información a futuras generaciones de residentes potencialmente interesados, así como para ulteriores análisis de idoneidad de los contenidos de la misma.

La elaboración de las memorias correspondientes a las rotaciones realizadas tendrá carácter obligatorio y resultará requisito imprescindible para superar la evaluación anual del especialista en formación.

Las rotaciones externas autorizadas y evaluadas conforme a lo previsto en este artículo, además de tenerse en cuenta en la evaluación formativa y sumativa anual, se inscribirán en el libro del  residente.

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2. Estancias formativas para profesionales o especialistas en formación que desarrollen su actividad en el extranjero.

Trámites a realizar por el interesado:

En primer lugar hay que tener en cuenta los plazos en los que el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social habilita todos los años para  cumplimentar la solicitud oficial, Anexo I del MSCBS y que son: 

  • Para estancias formativas que se inicien en el segundo semestre del año en el que se realiza la solicitud, el  plazo estará abierto entre unas fechas  de enero y febrero. 
  • Para estancias formativas que se inicien en el primer semestre del año en el que se realiza la solicitud, el  plazo estará abierto entre unas fechas  de junio y julio del año anterior. 
  • Con nuestro centro: 
    • El interesado se pondrá en contacto con la Comisión de Docencia de nuestro Centro a través del correo electrónico Abre una ventana para envio de correosecretariadocencia.hrs.sspa@juntadeandalucia.es, con una antelación mínima de 2-3 meses, a los plazos habilitados por el MSCBS, para conocer la posibilidad de realizar la estancia en las fechas deseadas. 
    • Una vez confirmada las fechas, nos debe remitir el Informe favorable del responsable del centro extranjero donde el solicitante presta servicios, Inicia la descarga del ficheroAnexo II-E (DOC 11,5 kb), en papel oficial del centro, firmado y sellado.
    • En los plazos habilitados para ello y a través de la página Web del MSCBS, deberá ser cumplimentada la solicitud, el Anexo I, que nos deberá remitir  una vez impresa y firmada, (tras pulsar la tecla envío, como indica las instrucciones del MSCBS).  
    • Documentos que la Comisión de Docencia  confeccionará y enviará al solicitante una vez recibido el Anexo I enviado a través de la página Web del MSCBS: 
      • La  Unidad en la que se solicita la estancia deberá emitir informe favorable. 
      • La Comisión de   Docencia emitirá    el informe de aceptación /denegación, en base al informe de La Unidad en la que se solicita la estancia. 
      • La Comunidad Autónoma emitirá informe de aceptación/denegación.
  • Con el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social:  


Esta información es un breve resumen de los trámites a realizar y por lo tanto debe ser completada con la información disponible en la página web del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.  

Abre un enlace externo en una nueva ventanahttps://www.mscbs.gob.es/profesionales/formacion/estanciasFormativasEx/home.htm

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3. Estancias formativas en el Hospital Universitario Reina Sofía de profesionales sanitarios procedentes de otros centros del Sistema Sanitario Público Andaluz.

Podrán ser autorizadas las estancias formativas en nuestro Hospital solicitadas por profesionales sanitarios que presten servicios en Centros asistenciales del SSPA bajo las siguientes normas:

  1.  La Dirección o representación del Centro donde el profesional que pretende realizar la estancia formativa presta servicios, presentará una solicitud dirigida al Hospital Universitario Reina Sofía (Inicia la descarga del ficheroANEXO I_P (pdf 81 kb), acompañada de  una fotocopia de su titulación y especialidad si la tuviera y una fotocopia del DNI.
  2. La Comisión de Docencia del Hospital gestionará:
    1. La solicitud de autorización por parte de un Tutor y del Jefe de Servicio o  Director  de la Unidad de Gestión Clínica receptora.
    2. La autorización de la Dirección-Gerencia del Hospital Reina Sofía para la estancia formativa.
  3. La Jefatura de Estudios de la Comisión de Docencia emitirá un comunicado al interesado. 

El centro sanitario de procedencia mantendrá el nexo vinculatorio de las relaciones Profesional-Institución, así como afrontar cuantas obligaciones retributivas lleve consigo la estancia, incluidas las derivadas de la atención continuada que pueda realizar.

El profesional está obligado a cumplir las normas generales del Servicio Andaluz de Salud y del Hospital, así como la legislación vigente, en especial la relativa a la protección de datos de carácter personal y a la prevención de riesgos laborales.

Los profesionales, durante el periodo de tiempo que dure su estancia en el Hospital no podrán ser responsables directos de la asistencia a pacientes, sin perjuicio del desarrollo de las actividades formativas necesarias, debiendo ser supervisados, en todo momento, por profesionales sanitarios pertenecientes al Hospital, designados por el Jefe de Servicio o Director de la Unidad de Gestión Clínica. 

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4. Estancias formativas de estudiantes de Medicina

Para la realización de prácticas en nuestro Hospital, los estudiantes extranjeros deberán ponerse en contacto con la Facultad de Medicina de la Universidad de Córdoba, a la atención del Vicedecano de Relaciones Internacionales, a la siguiente dirección de correo electrónico:Abre una ventana para envio de correo rel.exterior@uco.es

 
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Fecha de creación de la página: 24-Jan-2018

Fecha de la última actualización: 07-May-2019

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